Por: Ing. María De Los Ángeles Escalona C.
La Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos AUPSA, entidad rectora del Estado bajo el Decreto Ley 11 de 22 de Febrero de 2006 para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad en la introducción de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente científicos y técnicos, informa a sus usuarios a través de la resolución No.024 – AG -2020 de 27 de Agosto de 2020 diversos cambios en el proceso de registro de alimentos donde el origen de dichos productos sea distinto a Estados Unidos.
Mediante dicho documento se manifiesta fortalecer los procesos para tramitar el registro de alimentos de consumo humano y animal, al territorio nacional, señalando que los nuevos registros sanitarios admitidos por dicha entidad tendrán una vigencia de 5 años desde el momento de su aprobación. La solicitud de renovación deberá realizarse con 3 meses de anticipación a la fecha de vencimiento.
Registros sanitarios existentes
La entidad sanitaria otorga un plazo hasta el 28 de febrero 2021 para que los registros sanitarios admitidos entre los años 2006 y 2014 sean renovados. De no completar dicho trámite, los mismos serán depurados del sistema y no podrán ser importados al país. Los antes citados corresponden a los comprendidos desde el código A00001 hasta A112999.
Los registros sanitarios admitidos en el año 2015 deberán ser renovados durante el año 2021, no excediendo el mes de admisión de dicho documento.
Se les exhorta a los importadores y distribuidores de alimentos mantener sus registros sanitarios vigentes a fin de evitar cualquiera situación que pudiese afectar su actividad económica y logística. De requerir asistencia en el proceso acceda a www.importealimentosapanama.com ó contáctame a través de info@importealimentosapanama.com para asesorarle en el proceso.